¡Doble alegría para los padres pensionistas!

Además del reconocimiento judicial del complemento de maternidad por aportación demográfica de su pensión y de sus atrasos, se les acaba de reconocer la posibilidad de deducirse la factura de abogado y procurador en su declaración de la renta.

Ha sido la Dirección General de Tributos (DGT), en su resolución de 19 de marzo de 2024, la encargada de dar esta buena noticia a los padres pensionistas, entre los que se encuentran muchos de nuestros clientes.

Así, se declara por la DGT que los gastos de abogado y procurador contratados para asumir la representación y defensa de la reclamación judicial de reconocimiento del complemento de maternidad a un hombre, son deducibles para la determinación del rendimiento neto del trabajo, con el límite de 300 euros anuales. Ello, conforme lo dispuesto en el artículo 19.2 e) de la LRPF.

El contribuyente, es decir, el hombre pensionista, deberá imputar los gastos de defensa jurídica al periodo impositivo de su exigibilidad con el límite indicado, y ello con independencia de la imputación temporal que pudiera corresponder a los ingresos reclamados.  Por ejemplo: el importe de los gastos de defensa jurídica por los conceptos de abogado y procurador que fueron exigibles en 2022, deben incluirse en la declaración del IRPF de 2022 con el límite de 300 euros anuales, mientras que los que fueron exigibles en 2023 deben incluirse en la declaración del IRPF de 2023 con el citado límite de 300 euros anuales.

Si es beneficiario del complemento de maternidad de su pensión, y éste fue reconocido en sentencia judicial, puede contactar con nosotros para que le confeccionemos y presentemos la declaración de la Renta.

Puede ponerse en contacto con nosotros a través de los teléfonos 618 822 432 y 979 741 559

Somos expertos en el ámbito fiscal, nuestra experiencia y nuestros clientes nos avalan.

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