El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estima nuestro recurso de suplicación y concede a nuestro cliente el cobro del complemento de maternidad con efectos retroactivos, es decir, desde la fecha en que se le reconoció pensión de incapacidad permanente absoluta.
Inicialmente, el Juzgado de lo Social reconoció el derecho de nuestro cliente, padre de dos hijas y pensionista desde el año 2019, el percibo del complemento de maternidad en cuantía del 5%, con efectos de los tres meses anteriores de la reclamación previa.
En esta sentencia, la Sala de lo Social del TSJ de Castilla y León estima nuestro recurso, y revoca parcialmente la sentencia del Juzgado de lo Social.
Así, nuestro cliente va a cobrar el complemento de maternidad desde tiempo antes, en concreto, desde enero de 2019.
Puede leer la sentencia haciendo clic aquí: Sentencia complemento de maternidad en Palencia
Recuerda que tienen derecho a este complemento los padres beneficiarios de pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad desde 01/01/2016, y supone tener un incremento del 5% si tienen 2 hijos, 10% si tienen 3 hijos y 15% si tienen 4 o más hijos.
Si cumples con estos requisitos o conoces a alguien que los cumpla, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Te informamos sin compromiso!
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Leticia Rico Gordo
Abogada