Las empresas y autónomos cuya actividad principal sea el transporte pesado de mercancías por carretera, que en los últimos cuatro años hayan tenido trabajadores encuadrados en la ocupación de conductor de vehículos de más de 3,5 toneladas de carga útil, pueden solicitar la devolución de ingresos indebidos por diferencias de un 3% en las cotizaciones relativas a los epígrafes de accidentes de trabajo de los últimos cuatro años a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Soledad Fernández Simón
Abogado