Se confirma la condena al fabricante a indemnizar al comprador por el sobrecoste en la adquisición de un vehículo.
A finales de diciembre se conoció la que es la primera sentencia de una Audiencia Provincial en España sobre el asunto del cartel de camiones. En este caso, la Audiencia Provincial de Valencia desestimó el recurso de apelación presentado por el fabricante del camión, confirmando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil que había declarado la existencia de un sobrecoste en la adquisición del vehículo que fijaba en el 5% del precio de compra más sus correspondientes intereses.
Debe ser el fabricante quien pruebe que el cartel no causó un daño al comprador:
La sentencia ratifica el criterio que, de forma mayoritaria comparten los jueces mercantiles, de presumir que el cartel causó daños a los compradores de los camiones, en forma de sobrecoste, y que corresponde al fabricante probar que no fue así.
Es decir, que de no practicar prueba suficiente que logre convencerle de que no hubo daño, el juez, valorando los informes aportados al procedimiento, tendrá facultad para fijar el porcentaje de sobrecoste que considere procedente.
Se trata de una cuestión muy importante porque hasta el momento los fabricantes de los camiones afectados por el cartel no han logrado acreditar la inexistencia del sobrecoste.
Recordemos que en este momento se han dictados sentencias fijando el sobrecoste en un porcentaje que varía desde el 5% al 16%.
La condena conlleva el pago de intereses desde la fecha de compra:
Otra de las cuestiones más discutidas era la relativa a si la condena a indemnizar por el sobrecoste debe llevar aparejada el pago de intereses desde la fecha de compra o bien solo desde la fecha de la demanda.
La Audiencia Provincial establece que los intereses deben ser abonados desde la fecha de compra del vehículo, lo que en la práctica supondrá un incremento económico muy importante.
El siguiente paso, ¿el Tribunal Supremo?:
Presumiblemente el fabricante recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo. Habrá que esperar, por tanto, a ver cómo resuelve nuestro Alto Tribunal que fijará criterio para posteriores asuntos.
Mientras tanto, se suceden las demandas ante los Juzgados de lo Mercantil, son más de 50 los casos resueltos. La balanza se desequilibra a favor de los compradores.