El Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Palencia ha estimado la demanda presentada por este despacho, declarando la nulidad radical de los contratos de adquisición de obligaciones subordinadas en el año 2.006 y su canje posterior en febrero de 2.010 y condena a la entidad a devolver a los suscriptores los 21.000.-€ invertidos más el interés legal de esta cantidad desde su adquisición.

 

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Fernández y Simón Abogados en Palencia
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