Ya se ha publicado la Ley Whistleblowing, una ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. No es otra que la Ley 2/2023, de 20 de febrero, con la que España traspone así la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019, bautizada como “Directiva Whistleblowing”.

Esta normativa regula los tan populares canales de denuncia, denominados en la Ley española “sistemas internos de informaciones” y busca evitar que los informantes -es decir, los denunciantes- sean objeto de represalias o discriminación por parte de sus empleadores o compañeros de trabajo después de haber comunicado unos determinados hechos. Las denuncias pueden estar relacionadas con delitos fiscales, corrupción, fraude, infracciones del derecho de la Unión Europea, etc.

No obstante, es interesante saber que la protección prevista en esta ley no se aplicará a las informaciones que afecten a la información clasificada. Tampoco afectará a las obligaciones que resultan de la protección del secreto profesional de los profesionales de la medicina y de la abogacía, del deber de confidencialidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ámbito de sus actuaciones, así como del secreto de las deliberaciones judiciales  y del carácter reservado la información con trascendencia tributaria.

Con todo, hay que tener en cuenta que esta ley se configura como una herramienta importante para combatir la corrupción y otros actos ilegales dentro de las organizaciones, al mismo tiempo que fomenta la transparencia y la rendición de cuentas, y pone en valor la labor colaborativa de la ciudadanía española.

Por último, hay que tener en cuenta que esta ley entra en vigor el próximo 13 de marzo de 2023, y las Administraciones, organismos, empresas y demás entidades obligadas a contar con un Sistema interno de información deberán implantarlo en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor. Como excepción, en el caso de las entidades jurídicas del sector privado con doscientos cuarenta y nueve trabajadores o menos, así como de los municipios de menos de diez mil habitantes, el plazo previsto se extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023.

 

Leticia Rico

Abogada