Explicamos las diferentes medidas laborales que el agricultor puede adoptar si la grave sequía que está viviendo el campo ha perjudicado sensiblemente la cosecha.

La reducción o incluso inexistencia de cosecha es una realidad, consecuencia de la sequía en nuestros cultivos, lo que puede dar lugar a que las empresas agrícolas o agricultores autónomos con trabajadores puedan promover las siguientes medidas:

  1. Despidos individuales o colectivos.
  2. Suspensión de los contratos de trabajo o reducción de la jornada entre un 10 y un 70%.

Esto requiere una tramitación específica en que hay que acreditar las causas que se alegan, justificar la elección de los trabajadores y negociar con la Comisión Negociadora que estos designen. Además se requiere informe de la inspección de trabajo y autorización por la autoridad laboral (generalmente las Delegaciones Territoriales de Trabajo de las distintas Administraciones de la Comunidad Autónoma).

La indemnización del despido será de 20 días por año trabajado con límite de una anualidad.

Durante la suspensión y reducción, el trabajador percibe el desempleo y suelen existir ayudas públicas; y dependiendo de la duración, puede «devolverse» por la gestora el tiempo de paro consumido.

Asimismo, se puede dar lugar a despidos objetivos basados en las mismas causas y con los mismos efectos, en este caso no se requiere la tramitación anterior, bastando carta previa y documentación acreditativa de las causas y la elección del trabajador, notificada al menos 15 días antes de tener efectos el despido y con  abono previo o simultáneo de la indemnización.