En los últimos meses son varias las sentencias que declaran la nulidad de este índice en los préstamos hipotecarios.

El IRPH es un indicador que las entidades financieras han utilizado para actualizar las hipotecas con interés variable. Es el banco de España quien publica cada mes los diferentes índices. Para calcular el IRPH, se realiza una media de las diferentes ofertas del mercado hipotecario inscritas por los bancos y las cajas de ahorro (a destacar que son las propias entidades bancarias son quienes dan estos datos al banco de España).

¿Es legal su utilización como índice de referencia?:

El índice es legal pero puede anularse por abusivo.

Nuestra normativa permite la utilización del IRPH como índice de referencia pero señalando la obligación de que “no debe ser susceptible de influencia por la propia entidad de crédito”, es más, en caso de tratarse de una cláusula impuesta en nuestro préstamo hipotecario, como sucede en la mayoría de los casos, la misma puede ser declarada nula por abusiva.

Este índice es considerado como “manipulable” y ya son varias las sentencias que declaran su nulidad e inaplicación.

Hay que recordar que el IRPH es un índice elaborado a partir de información emitida por la entidad bancaria lo que supone que una de las partes contratantes, en este caso el banco, influye en el importe del índice que se utiliza.

¿Qué sucede si el índice es anulado por un juez?:

La consecuencia de su declaración de nulidad es la imposibilidad por parte del banco o caja de utilizar este índice en el préstamo, de igual manera, se procederá a la devolución de lo “abonado de más” derivado de su aplicación.

En su lugar será de aplicación el índice sustitutivo previsto en la propia hipoteca (habitualmente el Euribor).

Índice IRPH y cláusula suelo:

En frecuente que la hipoteca además del índice IRPH tenga cláusula suelo. Si esta no ha sido explicada de forma detallada al consumidor, con mención de las consecuencias económicas y jurídicas de su aplicación, se podría conseguir la declaración de nulidad de la cláusula suelo y la devolución de lo abonado de más por su aplicación.