Últimamente, se está hablando mucho de la usura, sobre todo relacionada con las denominadas tarjetas revolving. Cada vez son más los consumidores que reclaman la usura en estas tarjetas y microcréditos, condenando los juzgados a las entidades financieras a la devolución de los intereses, gastos y comisiones cobradas indebidamente.
Por desgracia, la usura no aparece únicamente en esos productos bancarios, sino que de un tiempo hasta ahora, se ha detectado que los contratos de financiación para la adquisición de vehículos pueden ser usurarios y, por tanto nulos. Ello es consecuencia del tipo medio de intereses conforme a las tablas que publica el Banco de España, y que el Tribunal Supremo fijó como elemento de comparación para determinar si había o no usura en una tarjeta revolving, en su sentencia del 4 de marzo de 2020.
Asimismo, contamos con precedentes de éxito en nuestra jurisprudencia, que avalan la nulidad de los contratos de financiación de vehículos, como es la Audiencia Provincial de Girona, en Sentencia núm. 232/2010.
Es más, recientemente, el Banco de España hizo pública una Nota de Prensa, que llevaba por título «El Banco de España examina la financiación para la adquisición de automóviles», que se puede consultar aquí: https://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/NotasInformativas/21/presbe2021_106.pdf
En ella, la institución ponía de relieve la existencia de debilidades en el cumplimiento de determinadas obligaciones en materia de transparencia y protección a los clientes en relación con la financiación para la adquisición de automóviles. Aunque el Banco de España no concreta qué entidades han sido objetivo de la inspección, en este campo compiten las propias financieras de los grandes grupos automovilísticos junto a grandes bancos y otros especializados en consumo. De hecho, los medios han llegado a titular este análisis de BdE como «zasca a los créditos para coches».
Entonces, ¿qué hacer si pago intereses altos por la financiación del coche? ¿cómo reclamar la nulidad de contrato de financiación para la compra del vehículo?
En primer lugar, reúne toda la documentación relativa al contrato de financiación y a la compra del vehículo. Después examina el tipo de interés que se ha ido aplicando a lo largo del contrato y las cantidades que abonadas.
Si detecta que podría ser usurario o tiene dudas, póngase en contacto con su abogado de confianza para que revise el contrato y estudie la viabilidad de su reclamación.
Para más información, consúltenos sin compromiso. Disponemos de un servicio específico de asesoramiento en el sector bancario https://fysabogadospalencia.com/servicios/
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Leticia Rico Gordo
Abogada