Ante la próxima finalización del estado de alarma, se prevé la aprobación inmediata de reformas procesales -para dotarlos de urgencia y mayor agilidad- y refuerzos de los Juzgados para afrontar la avalancha de procedimientos derivados del coronavirus, que se podrán presentar cuando finalice el estado de alarma, entre los que destacamos:
- Impugnaciones de despidos y ERTES y recuperación de horas del permiso retribuido.
- Responsabilidad civil y penal de empresas y particulares y responsabilidad patrimonial de las Administraciones de las que haya derivado contagios o daños.
- Agilización de medidas preconcursales para evitar un concurso de empresa y su liquidación, empresario individual o persona física (Ley de Segunda Oportunidad), como los acuerdos de refinanciación, acuerdos extrajudiciales de pagos, reconvenios de empresas en concurso, y concursos con propuesta anticipada de convenio; y retrasos de los concursos.
- Procedimientos de familia como modificaciones de pensiones, compensación de régimen de visitas o guarda y custodia compartida no disfrutados, etc…
- Recursos contra sanciones impuestas en el estado de alarma.
- Procedimientos de reclamaciones de rentas y desahucios de locales y viviendas; así como de suspensión de contratos.
- Reclamación de indemnizaciones a la Administración por la suspensión de contratos.
Por ello, si eres un particular, autónomo o empresa que necesites asesoramiento, contacta con nosotros y resolveremos todas tus dudas. Adelantarse y llegar a tiempo en este momento es necesario.
Soledad Fernández Simón
Abogada