El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es tajante: Se debe reconocer una indemnización adicional si la Administración rechaza de forma sistemática el derecho a la percepción del complemento de maternidad a los hombres que lo soliciten y cumplan los requisitos, obligándoles a acudir ante los Juzgados y Tribunales a hacer valer su derecho, les está discriminando.

Por ello, dicha indemnización adicional debe ser reconocida para que cubra los gastos adicionales (incluidas las costas y los honorarios de abogados), y el cobro del complemento de forma más tardía.

Esta sentencia, de 14 de septiembre de 2023, supone una muy buena noticia para todos aquellos padres pensionistas a los que no se les ha reconocido el complemento de maternidad del art. 60 de la LGSS, pese a reunir todos los requisitos.

Desde el año 2020, hemos logrado que decenas de padres pensionistas y/o jubilados, tanto en el Régimen de la Seguridad Social como en Clases Pasivas cobren el complemento de maternidad, y vean incrementada su pensión en un 5%, 10% y 15%.

Si has sido autónomo también puedes solicitarlo.

Si necesita más información puede consultarlo aquí:

 

Leticia Rico

Abogada

Fernández y Simón Abogados en Palencia
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