Les recordamos algunos de los gastos que pueden deducir:

  • Parcialmente, los gastos de suministros (telefonía, luz, agua, internet, etc.) de la vivienda habitual afecta a la actividad, cumpliendo requisitos.
  • Seguros relacionados con la actividad profesional.
  • Gastos de adquisición de vehículo de uso exclusivo para la actividad.
  • Transporte público y gastos de viaje.
  • Ropa (vestuario profesional o vestimenta para el trabajo)
  • Seguro de salud: del autónomo y su familia con un límite de 500€ al año.

 

Beatriz Ortega Gutiérrez.

Economista-Abogada

Fernández y Simón Abogados en Palencia
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