Como ya hemos adelantado de otros artículos, el 1 de enero de 2022 ha entrado en vigor la reforma de la Ley del Consumidor, aprobado por el Real-Decreto-Ley 7/2021 del 27 de abril.

Los cambios introducidos amplían la garantía de los bienes nuevos de dos a tres años, que comparte la responsabilidad del vendedor si no existe conformidad con los bienes y servicios digitales, facultando al consumidor a exigir una indemnización de daños y perjuicios, si procede, o incluso la posibilidad de que el consumidor o usuario suspenda el pago de cualquier parte pendiente del precio hasta que el vendedor cumpla con sus obligaciones.

Igualmente se regula la necesidad de que los bienes que se vendan lo sean con calidad y durabilidad razonable en función del tipo de bien.

Por desgracia, se espera un incremento de los precios de los bienes por la extensión de la garantía referida.

Soledad Fernández Simón

Abogada