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El 21 de enero entró en vigor el Real Decreto-Ley 1/2.017 que regula el procedimiento extrajudicial para reclamar las cantidades cobradas en exceso por las entidades bancarias. Comienza con la reclamación que presente el consumidor, pero no vincula ni a la entidad bancaria que puede negarse a negociar como al consumidor que no tiene por qué aceptar la oferta que le puede realizar la entidad. Si necesita reclamar o calcular las cantidades que la entidad puede haberles cobrado de más, o las  comunicaciones que tiene que realizar a la AEAT, consúltenos.

Soledad Fernández Simón

Abogada