Aunque la promotora que te vendió la vivienda no te entregara avales bancarios, todavía puedes recuperar las cantidades entregadas a cuenta.

La crisis económica se llevó por delante a numerosas promotoras inmobiliarias que tuvieron que presentar concurso, lo que dejó a muchos compradores que no pidieron avales o garantías bancarias no sólo sin las viviendas, que nunca se terminaron de construir,   sino además sin poder recuperar su dinero.

El criterio del Tribunal Supremo, ya consolidado a través de varias sentencias, es condenar a las entidades bancarias a devolver estas cantidades ya que incumplieron su deber de vigilancia pues deberían haber prestado atención a que el Promotor contratase un seguro o aval bancario que garantizase a los compradores las entregas a cuenta realizadas.

¿En qué casos puedo reclamar a la entidad bancaria?:

Para reclamar a la entidad bancaria aunque la promotora esté en concurso, los pagos a cuenta se tienen que haber realizado en una cuenta designada por el promotor sin estar avalados o asegurados y se debe tratar de una vivienda libre, no de protección oficial.

Para la reclamación se deben aportar los justificantes de los ingresos realizados y que su destino era la compra de la vivienda (no es necesario que sea destinado a residencia habitual, puede ser una segunda vivienda).

¿Puede reclamarse al banco aunque el concurso esté vivo?:

Muchos de estos concursos llevan años tramitándose en los Juzgados, todavía continúan abiertos, y las posibilidades de los compradores de recuperar el dinero son nulas.

En estos casos, aunque el concurso no esté finalizado, los afectados sí pueden reclamar a las entidades bancarias ya que su responsabilidad de pago es solidaria. Es decir, no tienen que esperar a la finalización del concurso.

En conclusión, aunque hayan transcurrido años y el concurso esté abierto, ahora se puede reclamar judicialmente a la entidad bancaria si se dan algunos requisitos.