Las cláusulas suelo firmadas con posterioridad a abril de 2012 exigen que además de que exista oferta vinculante firmada con la entidad en que ésta informara de todas las condiciones de la hipoteca, entre otras, la cláusula suelo, la ficha de información personalizada o FIFER; que debe recoge todos los datos y características del préstamo incluyendo tipo de interés, así como si existe límite inferior (cláusula suelo) o superior del tipo de interés; reclamaciones al Servicio de Atención al Cliente y Banco de España, legislación e incumplimientos y sus consecuencias para el cliente.

  Por tanto, se pueden impugnar las cláusulas suelo de hipotecas firmadas con posterioridad a abril de 2012 por falta de información, además de abusividad de la cláusula, si no existe la FIFER, solicitando la nulidad de la misma.

 

Fernández y Simón Abogados en Palencia
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