El Juzgado de 1ª Instancia de Carrión de los Condes estima la nulidad de la compraventa de las acciones, por deficiencias en el folleto y no reflejar la imagen fiel de la entidad, que se realizó en una sucursal de Cajamar en Saldaña, condenando a la entidad a devolver su importe y sus intereses legales.
Fernández y Simón Abogados ha defendido al comprador, un particular que no podía sospechar la situación real de la entidad cuando adquirió las acciones.
Soledad Fernández
Abogada