¿Están las ayudas de comedor exentas de IRPF?

La Dirección General de Tributos, en su consulta vinculante V2727-21, ha aclarado que las ayudas de comedor para cursar estudios reglados están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en virtud del de la letra j) del artículo 7 de la Ley del IRPF, comprendiendo el ámbito objetivo de la exención, las becas percibidas para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, para todos los niveles y grados del sistema educativo.

En la consulta se aclara cuáles se consideran estudios reglados en España. Así, por una parte, se encuentra la enseñanza de régimen general: infantil, primaria, secundaria, formación profesional de grado superior y universitaria (grado, máster o doctorado); y por otra parte, la enseñanza de régimen especial: artística, de idiomas o deportiva.

Eso sí,  a la hora de hacer la declaración de la renta, hay que tener en cuenta que la exención del IRPF de las becas para cursar estudios reglados tiene unos LÍMITES cuantitativos, que se encuentran recogidos en el artículo 2.2.1º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

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Beatriz Ortega Gutiérrez

Abogada – Economista