Una nueva sentencia declara la nulidad de este tipo de aval por abusivo, liberando a los avalistas de su responsabilidad.
No es la primera sentencia que nos encontramos en esta línea. Como recordarán nuestros lectores, en anteriores entradas de este blog hemos destacado sentencias dictadas, decíamos entonces, por jueces valientes que declararon nulos avales por no ser transparentes y ser impuestos a los firmantes.
Sentencia pionera en Navarra:
La sentencia que ahora comentamos fue dictada recientemente por un Tribunal de Navarra y ha tenido mucha repercusión pública al declarar abusivo y nulo un aval que una entidad financiera impuso a los padres para poder dar un préstamo hipotecario a su hijo para adquisición de su vivienda.
La sentencia declara probado que el aval de los padres fue una condición impuesta al hijo para financiarle la compra de la vivienda que se vio obligado a esta circunstancia, sin ningún poder de negociación y sin que los padres conocieran realmente el alcance y consecuencias de lo que firmaron.
Nulidad del aval y sus consecuencias:
Lo anterior conlleva la nulidad del aval y, lo que es más importante, libera a los padres de la deuda y obliga al banco a devolver el dinero que los avalistas pagaron más los intereses correspondientes.
Se trata de una sentencia muy importante, en línea de otras anteriores, pero que debe ser interpretada con la debida prudencia y teniendo en cuenta que en estos casos debe examinarse las circunstancia de cada caso en particular y que no se debe generalizar. El hecho de que unos padres avalen a un hijo a petición del banco no conlleva por sí mimos la nulidad del aval, cuidado con cada supuesto.
Por tanto el mejor consejo que podemos dar a quien se encuentre en un supuesto similar es que acuda a un abogado especialista en la materia que estudie las circunstancias que concurren en su caso, para poder decidir sobre la viabilidad de la demanda.