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El TS ha desestimado dos recursos interpuestos por Bankia y anula la compra de acciones de Bankia en su salida a bolsa en 2011 por existir graves defectos en el folleto informativo, así como en el comunicado a la CNMV, existiendo por tanto error en el consentimiento de los compradores, que entendían que estaban comprando acciones de una empresa de toda solvencia; condenando a la entidad a devolver las cantidades invertidas. Esta sentencia posibilita la reclamación de los adquirentes en cuatro años desde que se publique la sentencia y se conozca definitivamente el Fallo.

Recomendamos desde Fernández y Simón Abogados reclamar extrajudicialmente a la entidad la devolución de las cantidades invertidas, ofreciendo las acciones y en caso de no ser atendidas, plantear la reclamación judicialmente. La AP de Palencia se ha pronunciado ya en varias sentencias y sigue el criterio que ha aplicado nuestro TS, estimando las reclamaciones de los compradores de las acciones.