¿Qué es el cártel de la leche?

La Comisión Nacional de los Mercados y la  Competencia  (CNMC) han sancionado a las grandes industrias lácteas, -el denominado «cártel de la leche»-, por intercambiar información a nivel nacional y regional de los precios de compra de leche cruda de vaca y volúmenes de compra de ganaderos y excedentes de la leche, para fijar entre las industrias lácteas acuerdos de precio de compra de la leche cruda y dificultar el cambio de industria a los ganaderos, no existiendo una competencia real entre las empresas y ocasionando graves perjuicios a los ganaderos productores.

¿Quién puede reclamar? ¿Puedo reclamar si pertenezco a una Cooperativa?

Los perjudicados por estas prácticas que son los propietarios de explotaciones ganaderas durante los años 2.000 y 2.013 -ambos incluidos-, bien como persona física o como sociedad; pueden reclamar igualmente los ganaderos jubilados o los que hayan cerrado sus explotaciones; que tuvieran como compradores las industrias lácteas sancionadas.

Los socios, si la Cooperativa no quiere reclamar, pueden también reclamar, para lo cual habrá que solicitarles la documentación pertinente.

Castilla y León, con Galicia y Cantabria son las regiones con más afectados, de hecho la denuncia inicial se presentó en nuestra Comunidad Autónoma, aunque haya perjudicados en toda España.

¿Qué industrias participaron en el cártel y cuáles fueron sancionadas?

  • Calidad Pascual.
  • Danone
  • Grupo Lactalis Iberia
  • Nestlé España
  • Industrias Lácteas de Granada (Puleva).
  • Schreiber Food España
  • Corporación Alimentaria Peñasanta (CAPSA).
  • Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña (GIL)

Existen otras que formaban también parte pero no fueron sancionadas porque sus infracciones prescribieron, como Industrias Lácteas Asturianas, Leche Río, Feiraco, Leche Celta, Forlactaria y Central Lechera Asturiana.

¿Hasta cuándo se puede reclamar y cómo?

Recomendamos reclamar extrajudicialmente a las industrias lácteas antes del 11 de julio de 2.020, para interrumpir la prescripción de la reclamación de daños y perjuicios y poner en conocimiento de las reclamadas que se pretende la compensación de los mismos.

Posteriormente hay que analizar las facturas de venta de la leche cruda en el período referido a las industrias lácteas para que un gabinete pericial experto pueda concretar exactamente los perjuicios ocasionados.

En último extremo hay que reclamar judicialmente en os cinco años siguientes a interrumpir la prescripción, mediante la presentación de una demanda contra la industria láctea. El despacho contratará al gabinete pericial y seguirá los procedimientos judiciales hasta el cobro de las indemnizaciones.

El despacho cobra, si la reclamación es estimada.

¿Cuánto se puede reclamar?

La resolución sancionadora ya fija determinados perjuicios por el estudio que han realizado por Comunidades Autónomas, pero depende del número de cabezas de la explotación y cuántos años se haya vendido a esta industrias lácteas dentro del período de 2.000 a 2.013. Durante todo el período rondan los perjuicios entre un 10% y 12,50%, más los intereses legales, que para 25 vacas, durante todo el período, pueden ser unos 40.000.-€ más 20.000.-€ de intereses.

Contacta con nosotros para reclamar antes del 11 de julio de 2.020