Eliminación del arancel mínimo de los Procuradores.
La entrada en vigor el 5 de mayo de 2022 del Real Decreto 307/2022, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, trae consigo cambios fundamentales y de suma trascendencia para los procedimientos judiciales que, a partir de tal fecha, cuenten con la intervención de Procurador, pues afectan directamente al arancel de derechos de los procuradores de los tribunales y las relaciones de éstos con los clientes.
Así, este Real Decreto establece los cambios necesarios en el sistema de aranceles de la procura, suprimiendo los aranceles mínimos antes obligatorios y estableciendo una cuantía global máxima de 75.000 euros por procedimiento, con el objetivo de garantizar el acceso a la Justicia de todos ciudadanos.
La nueva normativa se articula, en suma, a partir de la negociación del precio de prestación del servicio entre el procurador de los tribunales y el cliente, en un entorno libre de competencia, sin perjuicio de la existencia de un arancel máximo -ya citado- que sirva de protección al consumidor, y de la obligatoriedad de presentar, por parte del procurador de los tribunales a su cliente, un presupuesto previo.
La entrega del presupuesto previo es obligatoria y, por tanto, un derecho de los clientes. Además, se contiene la imposición al Procurador de hacer constar de forma expresa la disminución ofrecida al cliente, en su caso, respecto del arancel máximo previsto
Desde Fernández y Simón Abogados recomendamos tener en cuenta esta nueva regulación. Si necesitan más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Leticia Rico Gordo
Abogada