Los Juzgados mayoritariamente dan la razón a los afectados:
El pasado 4 de junio se reanudaron los plazos procesales y la actividad ordinaria de los tribunales. Vuelve a ponerse en escena el caso del Banco Popular en el que se van agotando los plazos para presentación de las demandas por parte de los afectados que aún continúan indecisos.
La ampliación de capital de 2016:
La compra de acciones en la ampliación de capital del banco del año 2016 ha sido objeto de multitud de sentencias que, en su amplísima mayoría, dan la razón a los inversores y declaran la nulidad de las compras, condenado al Banco Santander (como sucesor de Banco Popular) a devolver el dinero invertido más los intereses.
El motivo que lleva a los jueces a anular estas compras de acciones es que la entidad presentaba una imagen de solvencia y liquidez que no se ajustaba a la realidad. Las cuentas contenían errores y omisiones, el folleto informativo de la emisión no reflejaba información precisa y real, todo lo cual provocó que los clientes tomaran la decisión de comprar acciones sin conocer la situación financiera real de la entidad.
Compras posteriores a la ampliación de capital de 2016:
En los meses posteriores a la ampliación de capital, el banco se vio obligado a corregir las cuentas anuales que sirvieron de base para preparar el folleto informativo de la ampliación y pese a reconocerse una serie de pérdidas, la entidad siguió afirmando que su solvencia estaba por encima de los requisitos exigidos y desmintió que existiera un riesgo de quiebra.
Por ello, todos aquellos que compraron acciones después de junio de 2016 también pueden conseguir recuperar su dinero. Muy representativa resulta una sentencia dictada por un Juzgado madrileño de comienzos de 2020 que anuló una tardía compra de acciones de junio de 2017.
Compras anteriores a la ampliación de capital de 2016:
En la misma línea, cada vez son más las sentencias que anulan también compras de acciones de fechas muy anteriores a la ampliación de capital de 2016. En estos casos los informes periciales dejan constancia de que el banco vino ocultando su auténtica situación financiera y de solvencia desde 2009, lo que da pie, al igual que en los otros supuestos comentados, a declarar su nulidad y con ello, que los afectados puedan recuperar su dinero.
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