Seguimos solicitando la nulidad de los intereses de las tarjetas revolving por usurario «emitidas por entidades financieras, bancos, y en algunos casos, financiación de compras en establecimientos tales como Worten, etc…» y la devolución de lo cobrado de más, siempre que el interés que se haya venido cobrando rebase de forma notable el interés normal del dinero; como dice nuestro Tribunal Supremo, a partir del 24% anual.

Soledad Fernández Simón

Abogada

Fernández y Simón Abogados en Palencia
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